segunda-feira, 18 de novembro de 2013

XI ELAT, EM MEDELLIN: Em Magistral Conferência de encerramento.

 
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CONGRESSO INTERNACIONAL DA ALAL NA COLÔMBIA, MEDELLIN
SUCESSO RENOVADO: Terminou em 08.11.2013 o XI ELAT – Encontro Latino-Americano de Advogados Laboralistas realizado na Colômbia, Medellin, com a participação de representações de diversos países, não só da América-Latina, mas também dos EUA e União Européia.
O evento teve cunho social e multidiciplinário com a participação de advogados, magistrados do trabalho, professores, dirigentes sindicais, discutindo o Mundo do Trabalho frente à Crise Econômica e a Carta Sócio Laboral da ALAL que objetiva a construção de uma sociedade planetária de inclusão social, num mundo novo sem fronteiras e de direitos recíprocos assegurados através de uma legislação supra-nacional tutelando patamares civilizatórios de direitos que assegurem a efetividade da dignidade humana.
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Foto: Luis Enrique Ramírez
MEDELLIN
Exposição dos Conferencistas e palestrantes
Como um dos conferencistas convidados para o encerramento do Congresso, discorreu sobre a proposta da ALAL, por um novo modelo de relações laborais para o Século XXI o Dr. Luis Enrique Ramírez, eleito na assembleia geral, o novo Presidente da entidade, com a temática: “HACIA UN NUEVO PARADIGMA EN LAS RELACIONES LABORALES DEL SIGLO XXI”
Leia a íntegra da exposição.
HACIA UN NUEVO PARADIGMA EN LAS RELACIONES LABORALES DEL SIGLO XXI


(*) Luis Enrique Ramírez
I. La Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL)
En el año 2000 se fundó en Campos do Jordão, Brasil, la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL). Participaron del acto fundacional las principales asociaciones de abogados laboralistas de la región y varias decenas de profesionales de la especialidad.
La ALAL no es una entidad “académica”, como tantas que ya existen, ni agota su rol en el debate doctrinario intrascendente, sino que pretende ser activista de los cambiosestructurales que hay que producir en el actual orden social y económico, desde el lugar de los trabajadores.
En diversos documentos ha dejado bien en claro que se asume como una herramienta de lucha para modificar las estructuras de dominación, marginación e injusticia social que hoy oprimen a nuestros pueblos.
El primer paso en esa dirección es, sin duda, la integración latinoamericana. Construir la Patria Grande con la que soñaron los héroes de las luchas por la independencia de nuestros países. En un planeta globalizado a partir de los concretos intereses del poder económico y financiero mundial, no hay futuro para nuestros pueblos si no consolidan una auténtica integración social, política y cultural.
Y ante el fracaso o la traición de los dirigentes políticos, a lo largo de doscientos años, corresponderá a los trabajadores latinoamericanos levantar esta bandera y avanzar decididamente en el proceso de integración. Para ello cuentan con una enorme ventaja: la absoluta identidad de sus intereses, cualquiera sea el país en el que se encuentren.
 
Hoy más que nunca es necesario bajar a la realidad el internacionalismo que planteaba el sindicalismo en sus orígenes, ya que los excesos del proceso globalizador capitalista sólo pueden ser enfrentados mediante una respuesta también a escala global.
II. La globalización y el mundo del trabajo
Es claro que la globalización sin precedentes que hoy caracteriza a la economía mundial provoca profundas tensiones en el mundo laboral.
Paradójicamente, las recetas de los sectores sociales dominantes son siempre las mismas, ya se trate de épocas de bonanza o de crisis económicas gravísimas: desregulación, flexibilización laboral, reducción o eliminación de conquistas y derechos de los trabajadores, ataques a las organizaciones sindicales y a sus dirigentes, restricciones al derecho de huelga, etc. Lo que está sucediendo en algunos países europeos es una prueba cabal de lo que estamos diciendo. La respuesta que los países centrales le han dado a la crisis del sistema capitalista iniciada en el año 2008 es una demostración clarísima: billones de dólares para los banqueros y despojo de derechos para la clase trabajadora. Así de simple.
Si alguien pudo pensar que la reciente crisis era una buena oportunidad para corregir rumbos y hacer un profundo replanteo de las iniquidades, lacras y miserias del capitalismo, se equivocó. Se avanza sobre los derechos de los trabajadores con el mismo discurso, con la misma lógica y con la misma racionalidad.
El paradigma neoliberal de relaciones laborales, que fracasó durante la década de los 90 en la mayoría de los países latinoamericanos, permanece al acecho. Su milagrosa supervivencia sólo tiene una explicación: la inexistencia de un modelo alternativo creíble, moderno y apoyado en principios y valores totalmente diferentes.
III. La ALAL propone un nuevo modelo de relaciones laborales
La ALAL viene sosteniendo que la actual coyuntura y la evolución de la conciencia social de la humanidad demandan un cambio de paradigma. La sustitución del paradigma neoliberal de relaciones laborales, con su concepción puramente economicista del mundo, por una visión del trabajo dependiente totalmente diferente.
El hombre debe ser eje y centro de todo sistema jurídico, y con mayor razón del laboral.
Su persona debe ser inviolable, constituyendo un valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre un carácter instrumental. El trabajo humano tiene características propias que obligan a considerarlo con criterios que desbordan el marco del mercado económico. Y el contrato de trabajo debe tener como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre, apareciendo sólo después la relación de intercambio económico.
En el trabajo humano está en juego, en primer lugar, la dignidad de la persona que trabaja.
En el modelo neoliberal de relaciones laborales, en cambio, hay una indisimulada pretensión de cosificarla, considerándola sólo un factor de la producción y un objeto del llamado “mercado del trabajo”. Pero como bien se ha dicho, el ser humano es el señor de todo mercado, el que encuentra legitimación sólo si tributa a la realización de los derechos de aquél (Corte Suprema de Justicia argentina, caso “Vizzoti”, 14/9/04).
Desde esta óptica se impone cambiar de raíz aquel modelo, que hizo del trabajador un ejecutor silencioso y sumiso de órdenes que vienen de arriba, transformándose en un simple engranaje fácilmente intercambiable, de una maquinaria manejada por manos cuyo dueño desconoce.
Este modelo autocrático de empresa, en el que uno manda y los demás obedecen, y en el que el trabajador tiene una inserción precaria, está claramente desajustado respecto a la evolución de la conciencia social de la humanidad y al ritmo universal de los derechos humanos.
Por ello la ALAL ha considerado, en varios documentos, que ha llegado la hora de que los trabajadores dejen de decir sólo lo que no quieren, para avanzar en el diseño del modelo de relaciones laborales al que legítimamente aspiran. La propuesta es salir de la trinchera en la que debieron refugiarse para protegerse de la feroz ofensiva neoliberal contra sus derechos y conquistas, y comenzar el proceso de construcción de un nuevo orden social, justo, igualitario y solidario.
En este proceso el aporte de la ALAL es un proyecto de Carta Sociolaboral para los trabajadores latinoamericanos, para que sea debatida por el movimiento obrero y, posteriormente, sometida a los gobiernos de la región. La idea es que sea instrumentada mediante un tratado multilateral, que le dé jerarquía supralegal, poniendo a salvo los derechos allí consagrados, de los flujos y reflujos políticos, con su secuela de avances y retrocesos en el nivel de tutela de los trabajadores. Además, al establecer un piso común de derechos para todos los trabajadores latinoamericanos, funcionará como una valla efectiva contra el dumping social, y contra los desplazamientos especulativos del capital, que busca asentarse allí donde encuentra mano de obra dócil y barata.
¿Por qué ahora? Porque hay una coyuntura histórica en Latinoamérica que será difícil que se repita, con muchos gobiernos populares y progresistas, seguramente permeables a esta propuesta.
IV. La Carta es un modelo, un sistema
Los derechos y garantías que contiene la Carta Sociolaboral no están sueltos ni aislados, sino relacionados entre sí por un conjunto de principios y valores absolutamente coherentes.
Aunque sujeta a debate, perfeccionamiento y modificación por parte de los trabajadores, la Carta instrumenta un sistema de relaciones laborales que responde armónicamente a una lógica. Redimensiona la figura del trabajador, la del empleador y la de la empresa. La estabilidad laboral pasa a ser el eje del sistema, ya que es la madre de todos los demás derechos laborales. La democracia y la libertad sindical son, en este modelo, la garantía del ejercicio y disfrute de esos derechos, por lo que deben ser defendidas a toda costa.
En el contrato laboral el trabajador busca, fundamentalmente, remuneración. Busca el ingreso económico que le permita atender sus necesidades y las de la familia. Por lo tanto, el derecho a percibir en tiempo y forma el salario es un derecho vinculado con la supervivencia de la persona, que es lo mismo que decir que se relaciona con el primer derecho humano: el derecho a la vida. Por ello la Carta pretende dotar a este derecho de todas las garantías posibles, estableciendo la obligación solidaria de todos los que en la cadena productiva se aprovechan o benefician con el trabajo ajeno, de abonar ese salario. Y cuando esto falle, se propone la existencia de fondos de garantía.
En el nuevo modelo de relaciones laborales que impulsa la ALAL se tiene en claro que la actividad humana prometida al empleador en el contrato de trabajo es inseparable de la persona que la realiza. Durante la prestación de los servicios contratados quedan involucradas todas las energías físicas, mentales y espirituales del individuo. El trabajador queda íntegramente comprometido, ya que lo que se hace y el que lo hace son indivisibles.
En el trabajo dependiente hay una implicación personal del trabajador, motivo por el cual conserva todos los derechos que el ordenamiento jurídico interno y los tratados internacionales reconocen a toda persona humana, cualquiera sea su condición o actividad.
Son los derechos que la doctrina denomina “inespecíficos”, que adquieren particular relevancia cuando se trata de derechos humanos fundamentales. El trabajador, en consecuencia, no deja su condición de ciudadano en la puerta de la fábrica.
La dignidad, reconocida expresamente hace más de medio siglo por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es inherente a todas las personas humanas, por el solo hecho de serlo. De ese reconocimiento emanan una serie de derechos esenciales del hombre, que lejos de perderse o atenuarse cuando ejerce su rol de trabajador, se potencian con singular énfasis por vía de los tratados internacionales y convenios de la O.I.T. que lo protejen.
Por todo ello, la Carta Sociolaboral Latinoamericana nos habla de un sistema de relaciones laborales democráticas y participativas, descartándose cualquier forma de discriminación, y con una efectiva estabilidad laboral que le permita al trabajador tener un proyecto de vida, que no se vea permanentemente amenazado por el fantasma del despido.
En este modelo de relaciones laborales el trabajador es un sujeto activo, cuyo compromiso personal con la suerte de la empresa tiene como contrapartida los derechos a la información y a la consulta, sobre todas las cuestiones importantes inherentes a ella. También deriva naturalmente de aquel compromiso el derecho del trabajador a participar en la distribución de las ganancias que su trabajo genera.
Es probable que para muchos, viendo la realidad latinoamericana, consideren que la propuesta de la ALAL es una utopía, pero bien se ha dicho que el futuro será utópico, o no tendremos futuro.
(*) Luis Enríque Ramírez (Argentina), atual Presidente Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL). Presidente  de la Asociación de Abogados Laboralistas -AAL (1990-92, 2000-02 y 2006-08), Profesor de Postgrado en las Facultades de Derecho y Ciencias Sociales de las Universidades Nacionales de Córdoba y Litoral y Católica de Córdoba. Asesor sindical. Conferencista y autor de libros y artículos sobre temas de Derecho del Trabajo. Director de la Revista LA CAUSA LABORAL, de la Asociación de Abogados Laboralistas.

NOTA BREVE.
Saiba mais sobre a Carta Sócio-Laboral da ALAL
(*) Luiz Salvador
O início da proposta da Carta Sócio-Laboral da ALAL começou com o ELAT – Encontro Latino-Americano realizado em Cochabamba (Bolívia) no ano de 2007, quando se aprovou em ato assembleiar a “Carta de Cochabamba”, delineando-se os contornos da proposta por um novo modelo de relações laborais para o Século XXI. Link:  http://www.adital.com.br/Site/noticia_imp.asp?lang=PT&img=N&cod=50978
Dois anos após, no ELAT – Encontro Latino-Americano realizado na Cidade do México em outubro de 2009, a proposta tomou melhor estruturação, com a adoção de 20 princípios enunciadores e fundantes da proposta pela construção coletiva de uma sociedade planetária de inclusão social, com livre circulação dos trabalhadores num mundo novo sem fronteiras, com direitos recíprocos assegurados:
1) Livre circulação de pessoas no espaço comunitário, sem discriminação em razão da nacionalidade e com igualdade de direitos;
2) Relações de trabalho democráticas e sem discriminação de qualquer tipo, de modo tal que o trabalhador, cidadão na sociedade, também o seja na empresa;
3) Direito à verdade, e de informação e consulta, em todos os temas relativos à vida da empresa que possam afetar os trabalhadores;
 4) Direito a um emprego estável, e proibição e nulidade da demissão arbitrária ou sem causa;
5) Direito a um trabalho digno e de qualidade que, como mínimo, responda às normas da Organização Internacional do Trabalho;
6) Direito a uma retribuição digna, que cubra todas as necessidades do trabalhador e de sua família e que, além disso, leve em conta os benefícios obtidos pelo empregador;
7) Direito a uma real e efetiva jornada limitada de trabalho. Os Estados deverão exercer com a energia necessária e com os meios adequados seu Poder de Polícia Trabalhista, para evitar toda transgressão aos limites horários máximos de serviço;
8) Direito à formação e capacitação profissional;
9) Direito à Previdência Social, que cubra as necessidades vitais do trabalhador e de sua família, frente às contingências sociais que possam afetar sua renda econômica. A Previdência Social deve ser função indelegável do Estado, fato pelo qual deverá se reverter o processo de privatização que sofreram nossos países na década de ´90;
10) Institucionalização de uma Renda Básica Cidadã, como direito de cada pessoa, sem importar sua raça, sexo, idade, condição civil ou social, de receber uma renda para atender suas necessidades vitais;
11) Direito à efetiva proteção da saúde e a vida do trabalhador, frente aos riscos do trabalho. A gestão do sistema de prevenção e reparação dos danos causados pelos sinistros de trabalho, não poderá estar nas mãos de operadores privados que atuem com fins de lucro;
12) Direito à organização sindical livre e democrática;
13) Direito à negociação coletiva, nacional e transnacional;
14) Direito de greve, abrangente das diversas formas de pressão e protesto, e sem restrições regulamentares que o limitem ou anulem;
15) Proteção laboral real e efetiva para os trabalhadores do serviço doméstico e do trabalho agrário;
16) Garantia de pagamento dos créditos laborais, estabelecendo-se a responsabilidade solidária de todos aqueles que na cadeia produtiva se aproveitam ou beneficiam da força de trabalho assalariada;
17) Criação de Fundos que cubram os casos de insolvência patronal;
18) Garantia de uma Justiça especializada em Direito de Trabalho, com um procedimento que recepte o princípio de proteção;
19) Tutela para os representantes e ativistas sindical contra qualquer represália que possa afetar sua família, seu emprego ou suas condições de trabalho;
20) Princípio de progressividade, que significa não apenas a proibição de retrocesso social, mas também o compromisso dos Estados de atingir progressivamente a plena efetividade dos direitos humanos laborais.
 
No ano de 2011, com a contribuição de inúmeros juristas de renome internacional, dentre os quais o saudoso Professor Oscar Ermida Uriarte, Antônio Baylos, Hugo Barreto, contribuíram com seus com seus aportes intelectuais para melhor fundamentar cada um dos princípios fundantes da Carta, editando-se, na Argentina, o LIVRO DA ALAL, edição em Espanhol e em novembro de 2012, no Congresso Internacional da ALAL realizado em Salvador, Bahia, o livro foi lançado no Brasil, em português, pela Editora LTR.
 
A idéia original foi por uma busca de integração latino-americana do ponto de vista da globalização dos direitos humanos, sociais, laborais, sindicais e previdenciários, com livre circulação dos trabalhadores num mundo novo sem fronteiras e de direitos recíprocos assegurados. Mas a proposta tem sido bem aceita não só como novo modelo de relações laborais para a América Latina, mas também além fronteiras, estabelecendo-se um marco regulatório que também assegure aos trabalhadores patamares mínimos civilizatórios, contra o retrocesso social, a precarização laboral em marcha imposta pelo modelo econômico neoliberal, mundialmente globalizado.
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(*) Luiz Salvador é advogado trabalhista e previdenciarista em Curitiba-Pr, Ex-Presidente da ABRAT (www.abrat.adv.br), atual Vice-Presidente da ALAL (www.alal.com.br), Diretor do Depto. de Saúde do Trabalhador da JUTRA (www.jutra.org), assessor jurídico de entidades de trabalhadores, membro integrante, do corpo técnico do Diap, do corpo de jurados, do TILS – Tribunal Internacional de Liberdade Sindical (México), do TMLS – Tribunal Mundial de Liberdade Sindical (Colômbia), da Comissão Nacional de Relações internacionais do CF da OAB Nacional e da Comissão de “juristas” responsável pela elaboração de propostas de aprimoramento e modernização da legislação trabalhista instituídas pelas Portarias-MJ 840, 1.787, 2.522/08 E 3105/09, E-mail: luizsalv@terra.com.br.

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