SUCESSO RENOVADO...
Congresso Internacional da ALAL realizado na Colômbia e novembro de 2013
Terminou em 08.11.2013 o XI ELAT – Encontro Latino-Americano de Advogados Laboralistas realizado na Colômbia, Medellin, com a participação de representações de diversos países, não só da América-Latina, mas também dos EUA e União Européia.
O evento teve cunho social e multidiciplinário com a participação de advogados, magistrados do trabalho, professores, dirigentes sindicais, discutindo o Mundo do Trabalho frente à Crise Econômica e a Carta Sócio Laboral da ALAL que objetiva a construção de uma sociedade planetária de inclusão social, num mundo novo sem fronteiras e de direitos recíprocos assegurados através de uma legislação supra-nacional tutelando patamares civilizatórios de direitos que assegurem a efetividade da dignidade humana.
Como um dos conferencista presentes na abertura do Congresso, o Dr. Roberto Pompas, magistrado do trabalho na Argentina e Presidente da ALJT – Associação Latino-Americana de Juízes do Trabalho, discorreu sobre os princípios orientadores do Direito do Trabalho, insertos quer nas legislações nacionais dos países civilizados como também os assegurados na legislação internacional.Leia a íntegra da exposição:
Congresso Internacional da ALAL realizado na Colômbia e novembro de 2013
Terminou em 08.11.2013 o XI ELAT – Encontro Latino-Americano de Advogados Laboralistas realizado na Colômbia, Medellin, com a participação de representações de diversos países, não só da América-Latina, mas também dos EUA e União Européia.
O evento teve cunho social e multidiciplinário com a participação de advogados, magistrados do trabalho, professores, dirigentes sindicais, discutindo o Mundo do Trabalho frente à Crise Econômica e a Carta Sócio Laboral da ALAL que objetiva a construção de uma sociedade planetária de inclusão social, num mundo novo sem fronteiras e de direitos recíprocos assegurados através de uma legislação supra-nacional tutelando patamares civilizatórios de direitos que assegurem a efetividade da dignidade humana.
Como um dos conferencista presentes na abertura do Congresso, o Dr. Roberto Pompas, magistrado do trabalho na Argentina e Presidente da ALJT – Associação Latino-Americana de Juízes do Trabalho, discorreu sobre os princípios orientadores do Direito do Trabalho, insertos quer nas legislações nacionais dos países civilizados como também os assegurados na legislação internacional.Leia a íntegra da exposição:
En
primer lugar quiero agradecer la generosa invitación que me han hecho
para brindar esta Conferencia, a los organizadores de este notable
Encuentro, los Miembros de la Asociación Latinoamericana de Abogados
Laboralistas y de la Asociación de Abogados Laboralistas de Trabajadores
y, en especial a la Dra. Gladys Delgado de Rodríguez, como también a
los esfuerzos realizados por los Miembros del Comité Organizador para
que pueda estar con todos ustedes, como también a Luiz Salvador, a Lidia
Guevara y a Lucho Ramírez, a quien/es transmito mis saludos en nombre
personal y en representación de la Asociación Latinoamericana de Jueces
de Trabajo que presido y represento.
II
Los tiempos actuales nos muestran la realidad de un mundo en permanente cambio.
Que
se muestra a través de innovaciones en la ciencia, como lo refleja el
hecho que un robot explorador de la NASA haya llegado a Marte, lo que
anticipa futuras misiones tripuladas a ese planeta; o niños que son
concebidos en una probeta fuera del seno de la madre; futuras
civilizaciones en estado de stand by a partir del congelamiento de
embriones; la reconstrucción del ADN humano, lo que ha llevado a algunos
científicos a afirmar que el hombre que viva 1000 años ya nació. Es
más, puede estar entre nosotros como lo afirma el gerontólogo inglés
Aubrey de Grey.
Con
profundas transformaciones sociales como las del matrimonio
igualitario; hijos adoptados por padres y madres de un mismo sexo; la
“bisexualidad del hombre del siglo XXI” como afirma el oncólogo italiano
Umberto Veronesi.
La
revolución tecnológica a partir del desarrollo de Internet y redes
sociales, que nos permiten estar todos juntos conectados al mismo tiempo
en el mismo ciber espacio.
Un
nuevo mapa geopolítico desde que emergen nuevas potencias. Con el
desarrollo de las políticas neoliberales, los EEUU buscaron apropiarse
de nuevas formas de plusvalía fabricando productos en regiones y estados
sin la debida protección de leyes sociales, buscando enriquecerse a
partir de la explotación de mano de obra barata, con lo que creyeron
haber creado un gigante que en realidad ya existía desde épocas
milenarias y que en la actualidad parece devorar a su supuesto creador,
como el Leviatán de Hobbes, a tal punto que las multinacionales se
vuelven cada vez más dependientes y vulnerables como ocurre con el
actual dominio chino y del sudeste asiático frente a la crisis de
Occidente y en especial la europea, que nos muestra a países como España
con niveles record de exclusión, movimientos de indignados que
trascienden fronteras y continentes para provocar movimientos como los
de la llamada “primavera árabe”. EEUU se muestra paralizada y al borde
de la quiebra porque el Partido Republicano no aprueba el Presupuesto,
al tiempo que China amenaza con “desamericanizar” el mundo, lo que
confirma el postulado marxista sobre el germen de destrucción que lleva
en sí mismo las contradicciones interiores del propio capitalismo.
Los
efectos del cambio climático y las tragedias naturales que se vienen
produciendo, con temblores, tsunami, inundaciones y otras catástrofes
que como guerras asolan al mundo.
Religiosas: un Papa argentino, Dios mío!, (agregado:
se imaginan como estamos de agrandados los argentinos. Los brasileros
no quieren quedarse atrás y dicen que nosotros tenemos al Papa pero
ellos lo tienen a Dios, todo ello mientras se acerca un nuevo mundial de
futbol. Se imaginan lo que va a ser! Felicitaciones por cierto a
Colombia que logró la clasificación). Pero dejando de lado este
costado con un poco de sentido del humor, esperemos que el nuevo Papa
pueda ser instrumento de la paz y de reducción de las desigualdades, en
un mundo que además vive en estado permanente de amenazas de destrucción
nuclear como parece ocurrir ahora con las dos Coreas.
En
resumen, los cambios nos motivan a tener que “esperar lo inesperado y
que debamos actuar a favor de lo improbable”, como señala el sociólogo
francés Edgar Morín en “Hoy todo lo que es posible parece imposible”.
III
Sin
embargo, algunas cuestiones no han cambiado, resultan inexplicables,
como el mantenimiento del embargo sobre Cuba, o las restricciones para
movilizarse libremente por la que debió pasar recientemente el
Presidente Evo Morales en Bolivia -lo que repudiamos- y demuestran el
desprecio de quienes se consideran superiores, lo que denota formas
actuales de nuevos “ismos”.
Los
tiempos actuales se presentan con un mundo que se pretende globalizado.
Sin embargo, la composición de grandes empresas trasnacionales y un
grupo pequeño de países intentan imponer sus políticas a la mayoría de
los países más pobres con recetas de ajustes, de flexibilización de las
normas, de reducción de los derechos económicos y sociales, de
sustitución de los órganos judiciales de las repúblicas por otros que a
través de lobbies de poder procurar defender sus políticas. Lo dijo el
Ministro inglés Cameron en el último Foro de Davos: “se impone la
necesidad de flexibilizar las normas para lograr una mayor
competitividad de las empresas y economías en un mundo globalizado”.
Este
discurso ya lo conocen nuestros pueblos en tanto fue el discurso
neoliberal que se impuso en los años 80 y 90 del siglo anterior y que
los llevaron a una situación de miseria, de endeudamiento, de
dependencia y de crisis incomparable.
Pareciera
entonces que hay una globalización en las obligaciones que nos toca a
todos, pero que no se corresponde con el goce y disfrute de los derechos
que aparecen reservados a muy pocos, aumentando los niveles de la
brecha de la pobreza y la desigualdad.
Hay
un discurso dominante que pareciera querer decir que los derechos
sociales por su magnitud nunca podrán ser alcanzados, que deben ser
compatibilizados con las políticas económicas, que su expansión puede
afectar el desarrollo y que por lo tanto, frente a la crisis es legítimo
resignarse y necesario reducirlos, con lo cual la progresividad pasa a
ser un mero promisorio de ideas y enunciados que debe ser
permanentemente replanteado al abrigo de políticas económicas, por lo
que debe ser el hombre el que se someta a las reglas del mercado.
IV
Sabemos
del nacimiento del derecho del trabajo, como un derecho que nació de la
crisis, que emergió de la lucha por la dignidad ontológica del hombre
que trabaja, es decir, en primer lugar como persona que es.
El
derecho del trabajo debe ser considerado como decía Ermida Uriarte, un
derecho revolucionario, agitador, que vino a cambiar y romper con el
orden existente y preestablecido, que vino a divorciarse del derecho
civil, que rompió con la idea de que todos los hombres son iguales
debido a la hiposuficiencia de los trabajadores y que rompió la idea de
libertad que aparece condicionada por el estado de necesidad, para traer
tutela efectiva. La igualdad deja de ser el inicio de las relaciones
para pasar a ser su destino. El derecho del trabajo debe traer seguridad
para el sujeto más débil de la relación. La seguridad es un estado de
ánimo de las personas. Si yo voy a rendir un examen y estudié voy más
seguro y con más posibilidades de obtener éxito. La seguridad debe poder
liberarnos del estado de incertidumbre y en especial de la derivada de
la pérdida del empleo y de la seguridad de las condiciones y medio
ambiente de trabajo.
V
Sin embargo, la historia del Derecho del trabajo nos muestra un largo recorrido marcado por la explotación del hombre.
Un
muy breve repaso nos muestra el Mundo antiguo, la Grecia de Platón,
donde la virtud se vinculaba con el ocio y el hombre compartía la
actividad creadora para alcanzar la felicidad a través de lo divino, las
armas o la sabiduría. Pero el trabajo era visto como algo denigrable,
impuro, malo, no deseable, como castigo reservado a los esclavos. La
Biblia acompañó esta concepción cuando se refiere al trabajo de parto
“parirás con el sudor de la frente”. Por lo que el trabajo se asimila a
algo forzado, sacrificado, como castigo.
En
la época de los fisiócratas, el trabajo (de la tierra) se relaciona con
lo divino, con las cosas naturales. El éxito o fracaso de los frutos de
la tierra dependerá de la suerte divina de las leyes que gobiernan la
naturaleza.
Esta
relación se transformará a partir del trabajo de los artesanos. El
artesano posee el conocimiento de la obra, el “know how” como decimos
ahora y esto le da poder. Además existe una correspondencia directa
entre el trabajo del artesano y el valor de su trabajo.
No
puedo dejar de mencionar la Reforma Protestante en la Iglesia, porque
provocó un cambio significativo, en tanto se va a admitir que los frutos
del capital puedan generar intereses, es decir ganancias derivadas del
uso del capital.
Entonces,
el capitalismo, en la revolución industrial, se va a plantear como
hacer para apropiarse del trabajo y de los frutos del trabajo. Dicho de
otro modo, cómo puede quitarles a los artesanos el poder que tenían a
partir del conocimiento.
Lo
hará a través de dos medios principalmente: la primera a través de la
aparición de la fábrica, donde el artesano es desplazado de su taller
(donde juega de local) a la fábrica (en la que es visitante). Es decir,
pierde “la localía” en términos futboleros.
La
segunda, a partir de la división del trabajo, el artesano pierde el
conocimiento del saber hacer y con ello entrega, resigna el poder. Si
bien nacen las especialidades, son parciales y subordinadas.
De
esta manera, el trabajo representa una cuota parte del valor y los
trabajadores venden su fuerza de trabajo por un precio (salario), con lo
cuál el trabajo se convierte en una mercadería y el trabajador en un
ser doblemente alienado, porque vendió su fuerza de trabajo a cambio del
salario y porque se incorpora a una actividad ajena bajo relación de
dependencia.
La
mercadería es transformada a través del trabajo para obtener más
mercadería, lo que se refleja en la fórmula marxista: M + T + M’. Con lo
cuál se puede observar que al comienzo (M) y al final del ciclo
productivo (nuevamente M’) no está el hombre sino la mercadería (M).
A
diferencia del trabajo concreto que tiene un valor de uso, el trabajo
abstracto se va a relacionar con el valor de cambio que representa un
gasto cuantitativo de fuerza de trabajo humana, que agrega valor y que
requiere, además del trabajo individual, del que va a ser considerado
como socialmente necesario, es decir, el tiempo promedio requerido
históricamente para producir una determinada mercancía, lo que nos
conduce a tener que distinguir, según el marxismo, entre trabajo y
fuerza de trabajo, en la que el capitalista paga un salario por su uso y
ésta tiene a su vez la capacidad de crear valor.
El
capitalismo se apropia entonces de la diferencia entre el valor y el
precio que paga por la venta del trabajo, generando una plusvalía en su
favor, provocando la alienación del hombre que trabaja.
Por
eso, a finales del Siglo XIX, especialmente con la Segunda
Internacional, los trabajadores fomentarán su unión, para tener fuerza
de acción y para generar una serie de derechos derivados del trabajo,
mínimos, universales, para todos los trabajadores, los que se
constituirán en un anticipo de los futuros tratados internacionales y,
especialmente para recuperar la dignidad perdida a causa de la
alienación.
De
allí que al finalizar la Primer Gran Guerra, con la Constitución de la
OIT se proclamen dos principios: 1) el trabajo no puede ser considerado
una mercancía; y 2) el trabajo como fundamento para la paz.
En
la segunda mitad del Siglo XX se van a desarrollar los que se
conocieron como los “25 años gloriosos”: representado a través de 2
mundos: el de Occidente vs el de Oriente.
Pero observemos el significado de los vocablos. No el semántico. Sino el del poder de los significados:
Mientras
que Occidente se asocia al ser cristiano, al mundo de los blancos, a la
idea del orden, te doy la derecha. La derecha como sinónimo de orden y
propiedad.
En
cambio Oriente se la representa tras los muros, como lo oscuro, el de
los ateos, el comunismo, la gente de izquierda, la idea de subversión
que entonces hay que eliminar. Lo que va a justificar la guerra fría y
las guerras de fines del Siglo XX.
Qué notable el poder de las palabras!
En
ese mundo bipolar, occidente tenía que ofrecer beneficios: lo que va a
concretar a partir del Estado de Bienestar: Pleno empleo; contratos de
trabajo a tiempo completo; con duración indefinida, estable; remunerado;
protegido; con beneficios de la Seguridad Social.
Pero
llegan los Años 70: con la Crisis del petróleo. Cuando los países de la
OPEP deciden no exportar más petróleo a los países que apoyaron a
Israel, lo que afectó principalmente a los EEUU, van a nacer nuevas
guerras en esa región en busca de nuevos corredores para adquirir
petróleo sin los efectos inflacionarios que cuadriplicaron el precio de
su valor.
Al
tiempo que, como señala Hobsbawm, se daba inicio a una dura política de
economía de mercado, de ajuste, suplantando la de sustitución de
importaciones y desarrollo industrial por la de incentivos a capitales
golondrinas, especulación y desestructuración de las organizaciones
sindicales, impulsada por gobiernos conservadores encabezados por Reagan
y Thatcher, de facto en América Latina, e instaurándose nuevas formas
de colonialismo en el continente africano.
En
los Años 80: se produce la caída del Muro de Berlín: con lo que se va a
romper el mundo bipolar, o como va a decir Fukuyama, se va a producir
el “Fin de la Historia”.
Con lo que se va a desarrollar la idea de un mundo único/ globalizado.
VI
Pero
si observamos a qué países pertenecen los capitales de las empresas más
desarrolladas, transnacionales, veremos que son muy pocos, lo que es
contrario a la idea de globalización, por lo que a decir verdad, la
llamada “fin de las ideologías” no es más que una estrategia del
capitalismo para imponer un pensamiento único, una idea dominante, dando
así a una nueva forma de extremismo político.
Entonces,
Occidente ya no tiene la necesidad de ofrecer beneficios porque se ha
quedado sin competidores. Estos países dominantes son los que imponen
los deberes, las recetas, que son las políticas de ajuste.
Con
el desarrollo del neoliberalismo no solo desaparece el rol del Estado,
suplantado por el “Dios Mercado”, sino que el propio Mercado va a ser
quien se adueñe e imponga las reglas, reemplazando el funcionamiento de
las instituciones democráticas de las repúblicas por órganos privados de
lobbys y de poder como a modo de ejemplo lo son el CIADI, el FMI, el
Banco Mundial y los legados del Consenso de Washington.
El
neoliberalismo va a pretender justificar la adopción de sus recetas por
los niveles de desempleo, de paro forzoso, debido a las innovaciones
tecnológicas, para hacer frente a economías competitivas en un mundo
globalizado.
Se propone la necesidad de Flexibilización Laboral:
Se
desarrollan contratos de trabajo precarios/ que se erigen como
verdaderas armas de resignar derechos a partir de la amenaza latente del
despido.
Con duración limitada en el tiempo/ lo que provoca mayor inseguridad en la protección de los derechos.
Se debilitan los institutos de la Seguridad social/ el control del Estado pasa a manos privadas.
Aumenta
el número de víctimas por inseguridad en los empleos. Según la OIT, en
el año 2012 se produjeron 270 millones de accidentes de trabajo en el
mundo, de los cuales 2.2 millones de personas fallecieron como
consecuencia de un accidente de trabajo. Esta cifra representa un
verdadero genocidio social/ por lo que se impone la necesidad de que
exista un verdadero derecho penal del trabajo que castigue a los
responsables.
Aumentan los niveles de tercerización / Hoy ya se habla de cuarterización.
Lo que provoca que no se apliquen los Convenios Colectivos de trabajo de la actividad principal, sino a la baja.
Lo
que a su vez debilita a los sindicatos, que aparecen fragmentados, y la
representación sindical. Es más, hay sindicatos que se asemejan a
empresarios y el temor a la pérdida de los empleos hace que desatiendan
sus niveles de fiscalización y denuncia. Por eso la importancia cada vez
mayor y actual de las ONG cuando denuncian la afectación del medio
ambiente y defienden intereses difusos.
El
tema de la tercerización no es únicamente una cuestión jurídica
consistente en determinar quién es el verdadero empleador y
desenmascarar el fraude. Provoca cuestiones sociológicas: El trabajador
tercerizado no pertenece a la empresa. Hay una pérdida de su identidad.
Es del “otro”. Quién lo representa? No se siente parte del colectivo
laboral en la empresa. Hay empresas que uniforman de un modo a sus
trabajadores registrados y de otro a los tercerizados, para que se vean y
se sientan como ajenos. Se produce discriminación y violencia laboral.
Esta
desprotección no sólo aumenta el número de víctimas de accidentes de
trabajo, sino que está comprobado que también disminuye según la OIT, en
10 años la expectativa de vida de estos trabajadores.
Entonces, que paradoja: En la globalización, todos somos iguales en deberes; pero muy pocos iguales en derechos!
Los gobiernos ceden en sus políticas sociales. Los “costos” se privilegian a los “derechos”.
América Latina ya lo sufrió y lo sigue sufriendo. Hoy lo sufre Europa. España alcanza niveles record de pobreza y exclusión.
El
medio ambiente también se ve afectado. Como señala Gustave Massiah, “si
todos los países de la tierra quisieran tener el mismo nivel de consumo
de los 10 países que más consumen no alcanzarían los recursos
existentes en el planeta. Se necesitarían dos planetas tierra para
proveerlos”. En mi país, en una provincia del NOA, se vende el agua que
necesita la población, porque no hay o porque las capas están
contaminadas por el despliegue de la actividad industrial, con lo que el
Estado se “asocia” en la degradación del medio ambiente por la ausencia
de contralor y no solo no procura los recursos naturales indispensables
para la población, sino que a su vez desarrolla una actividad lucrativa
que afecta doblemente a los habitantes, quienes deben pagar para
procurarse de ese recurso, al tiempo que pagan impuestos por obras y
servicios que no reciben.
Pero la destrucción del medio ambiente no es la causa, sino la consecuencia de las políticas de Mercado.
Hablamos
de fraternidad, de unidad, de integración, pero los “poderosos”
pretenden imponer una economía de mercado, individualista, egoísta, del
sálvese quien pueda.
Pobre no es el que tiene poco, sino el que necesita mucho y no se conforma y quiere mucho más infinitamente.
Como
dice Amartya Sen sobre la pobreza, “Un pueblo que pasa hambre no es
únicamente porque carece de alimentos”, sino que, o bien está dominado
por otro, o bien porque sus políticas tienen otras prioridades. Es un
tema de política y de justicia distributiva y también de educación. A
medida que son más bajos los niveles de educación, son más altas las
tasas de precariedad e informalidad.
Quizás
sea hora no sólo de consagrar derechos mínimos, sino de poner un límite
máximo a los mayores ingresos que permitan asegurar ingresos mínimos.
Podríamos
pensar en una “ética” de las ganancias? Parece imposible, pero hay que
promover el debate, que quizás sea cultural. “Otra alternativa es
posible” como lo anuncia el Foro Social Mundial.
En
definitiva, siempre es una cuestión de “poderes”. De no perder el
poder! La resistencia a los cambios es una manera de mantener el poder.
VII
Estamos
asistiendo a una crisis profunda del derecho, por lo que debiéramos
replantear la noción del Estado Social de Derecho. El Estado el que debe
estar al servicio del hombre y no a la inversa. No es el Estado quien
deba reconocer los derechos fundamentales del hombre, porque estos
existieron desde antes de la constitución de los Estados, sino que lo
que deben procurar los Estados es garantizar su reconocimiento y
ejercicio.
Como lo proclamara el Mayo Francés, “Las necesidades que tenemos son las libertades que nos faltan”.
Luigi
Ferrajioli nos habla en primer lugar de una crisis de la legalidad, por
la irrupción de una suerte de Estado paralelo, de corrupción, que
desplaza a las instituciones legales por lobbies de negocio.
En
segundo lugar, la crisis del Estado Social, por la falta de elaboración
de un sistema de garantías de los derechos sociales como en cambio se
impone para la propiedad. Así se habla de los derechos de los
empleadores como un derecho de propiedad que no puede ser modificado,
restringido sin afectar la propiedad, la libertad de contratación y la
seguridad jurídica.
Se
habla de un derecho del trabajo que debe responder a los dictados de la
racionalidad, de la razonabilidad, de la seguridad jurídica, del
derecho de propiedad. Es decir, como si fuera un derecho quieto que no
puede ser modificado. Que no se toca. Con lo que en definitiva se
mantiene la situación de poder existente. En este contexto, cuál es el
papel de los jueces? Deben reducirse a meros administradores. Llegará el
día que los litigios se resuelvan con la mera carga de datos
preexistentes en un ordenador que brinde respuestas automáticas.
En tercer lugar, la crisis del Estado nacional. Cambio de la noción de soberanía.
Un
Estado Social de Derecho no es únicamente el que respeta las normas,
porque las normas pueden ser injustas, u obsoletas o emanar como ocurrió
en las dictaduras, de grupos que se adueñaron ilegítimamente del poder,
provocando terror desde el propio Estado.
Es decir, la norma no es válida únicamente porque provenga de los órganos autorizados para su dictado.
La
norma no puede ser “llenada” de cualquier manera por el legislador.
Debe estar pensada en función de garantía de los derechos humanos.
Los derechos fundamentales no deben ser reglamentados por el legislador como si fueran huecos a llenar de cualquier manera.
La norma es válida en la medida que sea justa.
Debemos repensar el derecho/ desde el hombre como centro de toda tutela.
Es decir, redimensionar al hombre, sus necesidades y sus derechos.
De
manera que las leyes del Mercado se subordinen al Hombre y no el Hombre
a las leyes del Mercado, porque sino en vez de gobernar al Mercado
seguiremos siendo gobernados por el Mercado como dijera el Presidente de
la República Oriental del Uruguay José Mujica.
Deberíamos
poder preguntarnos “Quién ve al Mercado?”. Como dice Rolando Gialdino,
uno camina por las calles y no ve al Mercado/ sino que lo que ve es al
hombre con sus necesidades.
VIII
El hombre es digno porque es hombre.
La dignidad del hombre no es un derecho que pueda ser reconocida, modificada o suprimida.
La
dignidad es innata del hombre. El derecho a la dignidad como deber es
para asegurar su reconocimiento, tanto por parte del Estado como por las
demás personas.
Hay
un vínculo entrañable entre trabajo, derecho al trabajo, derecho del
trabajo y dignidad del trabajo y del hombre que trabaja.
Existe un derecho al desarrollo, al progreso constante.
Es
cierto que los Estados no pueden alcanzarlo todos juntos al mismo
tiempo. Dependerá de sus recursos y de su propio grado de desarrollo.
Pero la omisión o la inacción es causa de responsabilidad para el
Estado.
En
materia de derechos sociales, una vez que un Estado alcanzó un
determinado estadío en el reconocimiento de un derecho no puede haber
marcha atrás, no queda margen para el retroceso.
Ni aún por gobiernos de fuerza, ni aún por cuestiones de seguridad, ni aún frente a las crisis económicas.
Como
lo observa la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los
indicadores de progreso tienen que incorporar los avances en la
realización de los derechos y no considerar los adelantos o retrocesos
en términos de desarrollo económico o social, por lo que se debe
diferenciar entre progreso económico y social y cumplimiento de los
derechos ya alcanzados.
Por lo que el derecho al desarrollo o al progreso va acompañado o complementado por el derecho a la no regresividad.
Es como una moneda con sus dos caras. Progreso y no regresividad.
Podríamos afirmar “nunca menos en derecho”.
Así
lo observa la misma Comisión, desde que el Estado se obliga a mejorar
la situación de los derechos económicos y sociales, simultáneamente
asume la prohibición de reducir los niveles de protección de los
derechos vigentes o de derogar los ya existentes.
Veremos
como reacciona la Justicia en Europa frente a la crisis y las medidas
de reajuste regresivas. Veamos lo que dijo por ejemplo el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos en materia de desalojo de la vivienda cuando
suspendió cautelarmente el desahucio de una familia en Madrid.
IX
Y esto nos lleva a considerar el rol de los jueces.
El Poder Judicial sufre embates/ no son nuevos/ sino que se trata de nuevas modalidades.
En
los años 90 recordamos los intentos del Banco Mundial por eliminar a
nivel continental la autonomía de la justicia del trabajo, vista como un
escollo para las políticas neoliberales, lo que llevó en su momento a
que se crearan por ejemplo para contrarrestar sus efectos, el Foro
Permanente para la Defensa de la Justicia del Trabajo (Argentina) y la
Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo en América Latina que
hoy me toca presidir.
Decía
que hoy aparecen otras formas de ataque a la justicia. Juzgados
vacantes que no se cubren o procesos laborales que se remiten no solo a
la justicia civil sino que son regidos por los principios de forma y de
fondo civiles (Argentina), designaciones sin estabilidad (Bolivia),
sometimiento a test de evaluación que pueden afectar la intimidad de las
personas (Ecuador), revisiones periódicas de las aptitudes de los
magistrados (Perú), subrogantes que son removidos sin designación de los
jueces titulares (Chile). Nos encontramos con 28 días de huelga por
reclamos salariales (Colombia), o 4 años sin reajuste de los haberes de
los Magistrados (Brasil), imposiciones a los jueces que no reconocen la
autonomía e independencia del Poder Judicial frente a los demás poderes,
cargos que son ocupados por personas que responden a grupos de poder
para afianzar sus intereses como resabio de épocas de la dictadura y las
políticas neoliberales que la sucedieron, como la necesidad de que
jueces deban integrar las boletas de los partidos políticos para ser
elegidos en los consejos de la magistratura (Argentina).
Los
jueces no pueden sufrir presiones externas, ni de los partidos
políticos, ni de los órganos de poder, ni de corporaciones económicas.
Los jueces no pueden ser enjuiciados por el contenido de sus sentencias.
Pero
tampoco deben sufrir presiones internas en lo que representa la
estructura y organización de cada poder judicial. Una instancia judicial
solo puede ser concebida como revisora de los fallos de grados
anteriores, pero no como superior jerárquica de un juez de grado
anterior. No puede concebirse estructuras con participación de los
jueces si estos no pueden ser elegidos por sus pares y el argumento de
que los jueces no son elegidos por el voto popular reduce el significado
de la democracia que no puede ser restringido al derecho de voto
periódico, sino que debe comprender la consolidación de un poder
judicial independiente como condición esencial de un auténtico estado
social de derecho, lo que presupone permanencia en el cargo,
irreductibilidad de los salarios, incompatibilidades con los partidos
políticos, protección contra presiones internas y externas y garantías
frente al contenido de sus sentencias, como elemento esencial en la
salvaguardia de los derechos humanos como lo resolviera la ComIDH (ONU.
Asamblea general. R. 40/32 del 29/11/85 y R 40/146 del 13/2/85) cuando
aprobó los principios básicos relativos a la independencia del Poder
Judicial.
La
estabilidad del juez no es un privilegio sino una garantía para la
consolidación de derechos efectivos de las personas. El Estatuto
Universal del Juez (aprobado por el Consejo Central de la Unión
Internacional de Magistrados, reunido en Taipei (Taiwán) el 17/11/99),
consagró en su Preámbulo la independencia del juez, como requisito que
fue considerado indispensable para el ejercicio de una justicia
imparcial en el respeto de la ley, lo que entraña su respeto, defensa y
protección por todas las autoridades e instituciones.
Sin
embargo, en el mundo, los políticos ven a la Justicia como un costo y
no como un derecho o un servicio llamado a asegurar los derechos
fundamentales de las personas.
Sin
perjuicio del rol llamado a cubrir por los Sindicatos en la defensa de
los derechos e intereses de los trabajadores, el Juez de trabajo resulta
ser en muchas ocasiones la única –y la última- instancia para
restablecer derechos conculcados.
Por
eso, aún en las instancias administrativas y de resolución de
conflictos, siempre debe caber la revisión judicial en sentido amplio,
sin restricciones, porque el acceso a los tribunales de justicia es
considerado por los instrumentos internacionales un derecho fundamental
del hombre, que debe ser respetado por los Estados y los particulares.
El
Juez de trabajo debe ser sensible a la cuestión social reconociendo la
situación de hiposuficiencia en la que se encuentran los trabajadores,
restableciendo el equilibrio de relaciones asimétricas.
Como
dijo Jesús Rentero en las Jornadas de la ALJT celebradas en la
Universidad Nacional de La Matanza (Argentina, 2010), el juez de trabajo
debe nutrir el conflicto con justicia.
Las
personas que acuden a la justicia del trabajo son individuos en
situación de fragilidad, generalmente sin trabajo o accidentados debido
al trabajo.
Los
procesos deben ser rápidos/ en términos razonables, pero esta velocidad
no puede lograrse a costa de una justicia express que provoque la
pérdida de derechos que son considerados irrenunciables e indisponibles.
X
El
trabajador es un ciudadano que trabaja/ los derechos derivados de la
ciudadanía no se pierden ni se cuelgan en una percha cuando los
trabajadores ingresan a la fábrica.
Deben
regir para los trabajadores condiciones dignas y equitativas de labor,
prevención y erradicación de toda forma de violencia o acoso laboral,
descanso protegido, derecho a un salario justo, los principios y
garantías de defensa y presunción de inocencia, la reparación amplia en
materia de daños, la protección en cuestiones de género y no
discriminación en el empleo, vigencia del principio de la realidad, con
las presunciones a favor de los derechos de la parte más débil de la
relación y el principio de la inversión de la carga de la prueba, la
reincorporación a su puesto de trabajo cuando fueran expulsados
injustificadamente como lo disponen tratados internacionales como el
PIDESC o el Protocolo de San Salvador Adicional de la Convención
Americana o el Convenio 158 de la OIT, la libertad sindical en plenitud,
el derecho a la negociación colectiva, el derecho de huelga en sus
diversas manifestaciones, como a no sufrir represalias por actividades
sindicales o por reclamar o declarar contra el empleador.
Es
decir, los derechos sociales son fundamentales, por lo tanto las normas
que los protegen son de jus cogens, como patrimonio jurídico de la
humanidad y tanto los Estados como los particulares tienen el deber de
respetarlos y asegurarlos.
Los poderes del empleador deben ceder frente a la vigencia de derechos considerados fundamentales.
Es
inconcebible que debiendo ser el trabajador el sujeto protegido, los
ordenamientos confieran una serie de poderes, como los de organización,
dirección o disciplinarios, a quienes ya tienen el poder, como lo son
los empleadores, lo que aumenta la asimetría de las relaciones
laborales.
En
un sistema de relaciones laborales democráticas, porque la democracia
también se debe observar dentro de la empresa o la fábrica, los
trabajadores debieran poder cogestionar la empresa, como derivación de
la función social de la propiedad. Como ya se ha dicho, el hombre que
trabaja no cuelga sus derechos de ciudadanía de un perchero cuando
ingresa a la fábrica.
Hay una relación marco que se da en la celebración de los convenios
colectivos de trabajo donde intervienen los trabajadores a través de las
organizaciones sindicales.
Pero
además debieran poder actuar a través de los delegados no solo como
delegados del personal sino en las decisiones de la empresa, a partir
del reconocimiento del derecho a la información, a participar de los
comités de crisis, en planes de mejoramiento e inversión, redistribución
del personal y a integrar tribunales internos disciplinarios, entre
otras medidas.
Consagrar una auténtica estabilidad laboral y plena libertad sindical, las que actúan como derechos para obtener derechos.
Es
perverso un sistema que llamado a amparar un derecho menor (como por
ejemplo puede ser una diferencia salarial) lleve a quien reclama a que
deba perder un derecho mayor como lo es el derecho al trabajo por la
ausencia de una auténtica estabilidad.
El trabajo no es la vida/ pero como a través del fruto del trabajo el
hombre vive, el derecho que lo protege puede ser asimilado como el
derecho a la vida. Así lo resolvió la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en la “Condición Jurídica y Derecho de los Migrantes” cuando
sostuvo que “si se niega el acceso al trabajo, o se impide al obrero la
recepción de sus frutos, o se obstruye la vía jurisdiccional o
administrativa por la que éste reclama sus derechos, podría quedar en
riesgo la vida, y en todo caso sufrirá menoscabo la calidad de la vida,
que es un punto básico tanto de los derechos económicos, sociales y
culturales, como de los civiles y políticos”.
XI
El juez de trabajo no se debe limitar a aplicar la ley interna
El cortar y pegar debe ser reemplazado por buscar y pensar.
Ya dijimos que hay una nueva noción de soberanía que trasciende los Estados.
El
juez debe bucear en el derecho, en el interno y el internacional, en la
búsqueda de la norma más favorable al trabajador, solución adoptada por
el PIDESC y por lo tanto supralegal.
Por
aplicación de las disposiciones contenidas en ese tratado, todos los
poderes del Estado y el poder judicial de cada país lo es, tienen la
obligación de informar la aplicación de las disposiciones contenidas por
ese tratado, por lo que es una obligación de los jueces –y de los demás
poderes del Estado- mandar a informarlos en sus sentencias sin que se
considere comprometida ni su soberanía, ni su imperio.
XII
El
estudio de los derechos humanos es contemporáneo al Siglo XX. En un
primer momento previo a ese siglo será abarcado principalmente desde el
derecho constitucional y desde el derecho internacional. Es cierto que
sus primeras manifestaciones se observan en el constitucionalismo
clásico de los Siglos XVIII y XIX, pero más en cuanto a los derechos
individuales y los límites del poder. La Constitución de 1787 de los
Estados Unidos de América comprende declaraciones sobre derechos
individuales que contenían limitaciones al poder del gobierno. La
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789 proclama
que “el fin de toda asociación política es la conservación de los
derechos naturales e imprescriptibles del hombre”. Se pretendía limitar
los abusos que podían generarse desde el poder, afirmándose como
derechos fundamentales del hombre la libertad, la igualdad ante la ley,
la seguridad personal y la propiedad privada, con lo que se va a ir
constituyendo el “principio de legalidad” como antecedente del “Estado
de derecho”.
Los
estados nacionales se van consolidando unidos a la idea de soberanía
absoluta del Estado, de lo que se deriva que en el ámbito interno el
Estado no reconoce ni iguales ni superiores: “Todos los hombres son
iguales ante la ley”, mientras que en el externo se reconoce que los
Estados son iguales pero no superiores. Cada Estado es soberano y
autónomo para fijar las reglas de su ordenamiento.
Con
Marx comienza a abandonarse la idea de que el Estado "es" la esfera
constitutiva de la sociedad por la de "ser" determinado por la sociedad y
por la relación de producción que la domina[1].
Hegel aseguraba que la esencia del Estado consistía en su soberanía y
Marx va a decir que es el Estado quien se halla en cohesión por la vida
burguesa [2]
Siguiendo
esta ideología, la ley del régimen capitalista es que el propietario no
puede encontrar trabajo para su subsistencia sin que su trabajo
acreciente el capital, por lo que se produce una suerte de
deshumanización del trabajo, por la que el trabajador se convierte en un
simple accesorio de la máquina, en algo cada vez más abstracto e
intercambiable. Esta ideología servirá de sustento más adelante para que
en la constitución de la OIT se proclame que el trabajo "no es una
mercancía". La fusión de los trabajadores en la lucha política comenzará
tomando conciencia de los intereses que le resulten más inmediatos, los
de la defensa del trabajo y los intereses económicos. El dominio de la
naturaleza por el hombre se convierte en humana en el sentido de que el
hombre se reconoce como ser natural y plenamente hombre. Las necesidades
del hombre son conservadas pero universalizadas y esas necesidades
universales encuentran su satisfacción en objetos universales que
coinciden con la sociedad [3]
Para
llegar a ello las fuerzas productivas materiales de la sociedad entran
en colisión con las relaciones de producción existentes, inaugurándose
una época de revolución social y de transformación de las sociedades.
Marx
auguraba así la extinción del Estado y el surgimiento de una asociación
en que el libre desenvolvimiento de cada uno será la condición del
libre desenvolvimiento de todos [4],
con lo que se generaba los interrogantes si para ello debía esperarse
el transcurso de la historia hacia el comunismo con los triunfos
intermedios del socialismo o precipitarlo mediante la revolución con la
abolición del capitalismo y del sistema asalariado; como si tenía que
ver con una revolución única o una simultánea y en todas partes; como si
las condiciones de la revolución sólo eran posibles en los países que
el capitalismo hubiere alcanzado su más elevado desarrollo o era también
posible en los países económicamente atrasados [5].
Las dificultades originadas por la toma del poder serían sostenidas por
el proletariado internacional que debería intentar acciones
insurreccionales en todas partes: “la revolución permanente”. Lenin va a
creer posible una revolución socialista, pero piensa que el
proletariado necesitará de la complicidad activa y la solidaridad de los
movimientos revolucionarios de Occidente y sobre todo de Alemania, como
de la alianza en Rusia del proletariado obrero y de los campesinos, “la
dictadura del proletariado y del campesinado”.
La
Segunda Internacional (1891) se asignó como prioridad desarrollar entre
las organizaciones participantes el espíritu de solidaridad
internacional. El progreso del socialismo llevaría hacia el pacifismo.
Sin embargo los enfrentamientos entre el socialismo proletario y el
imperialismo capitalista aliado al militarismo eran evidentes. La
inevitable congestión del capitalismo alemán y la absorción del espacio
no capitalista por las potencias capitalistas tornaban inevitable la
guerra internacional [6], que no era más que extender la revolución a los demás países.
A
partir de 1907 todos los Congresos de la Segunda Internacional se
abocaron a procedimientos mediante los cuales los partidos socialistas y
las organizaciones sindicales podrían obstruir las amenazas de guerra
que se acumulaban sobre Europa.
Se
observa entonces que están planteados temas como la deshumanización del
trabajo, la crisis del capitalismo, la abolición de los Estados
tradicionales, la internacionalización del conflicto y la solución
también global del mismo, que van a anticipar los movimientos políticos y
sociales que van a dominar y producir transformaciones a lo largo del
Siglo XX.
No
puede olvidarse que durante una gran parte del siglo XX, el comunismo
soviético pretendió ser un sistema alternativo y superior al
capitalismo. La revolución de marzo de 1917 que derrocó a la monarquía
rusa fue un acontecimiento esperado por toda la opinión política
occidental. Pero todo el mundo daba por sentado que no podía ser y no
sería socialista, en tanto no se daban las condiciones para una
transformación de esas características en un país agrario con una
población pobre e ignorante, por lo que sólo podía desembocar en una
revolución burguesa. Sin embargo, la integración mundial y la extensión
del territorio ruso tendrían importantes repercusiones internacionales.
El propio Marx creía que una revolución rusa podía ser el detonador que
hiciera estallar la revolución proletaria en los países occidentales más
industrializados, donde sí se daban las condiciones para el triunfo de
la revolución socialista proletaria [7]
Tras
la finalización de la Primera Guerra Mundial (1914-1918) y la firma del
Tratado de Versalles (1919), los juristas soviéticos van a elaborar una
teoría del derecho internacional adaptada al papel misionero de la URSS
en su liberación de los proletariados extranjeros.
El
fin de la primera gran guerra revalorizó la importancia de la
cooperación de los trabajadores en la producción. La Conferencia Obrera
de Leeds (1916) expresó que debía asegurarse a la clase obrera de todos
los países un mínimo de garantías de orden moral y material relativas al
derecho del trabajo y al derecho sindical, comprendiendo temas
vinculados con las migraciones, los seguros sociales, la duración de la
jornada y en materias sobre higiene y seguridad del trabajo. En la Carta
Sindical de Berna (1919) los trabajadores solicitaban a la Sociedad de
las Naciones que considerara como una de sus misiones primordiales crear
una legislación internacional de protección del trabajo que garantizara
su aplicación, comprendiendo materias sobre la enseñanza, trabajo de
menores y mujeres, salarios, jornada, descanso, trabajo nocturno,
higiene y seguridad, derecho a sindicalizarse, migración de
trabajadores, paro, seguro social, trabajo de marítimos, inspección del
trabajo y creación de una Organización Internacional del Trabajo de
carácter permanente para elaborar acuerdos con fuerza legal.
El
Tratado de Paz de Versalles de 1919 va a crear la OIT, en cuyo
Preámbulo se va a señalar a la justicia social como condición necesaria
para la paz universal. Se reconoce que existen condiciones de trabajo
que implican para un gran número de personas, injusticias, miserias y
privaciones, que ponen en peligro la paz y armonía universal. Se añade
que la no adopción por una nación cualquiera de un régimen de trabajo
realmente humano, pone obstáculos a los esfuerzos de las demás naciones
deseosas de mejorar la suerte de los obreros en sus propios países. El
bienestar físico e intelectual de los trabajadores asalariados es de
esencial importancia para el punto de vista internacional, lo que
justifica la creación de un órgano permanente asociado al de la Sociedad
de las Naciones para conseguir tal elevado fin. El trabajo no debe ser
considerado meramente como un artículo de comercio y, en consecuencia se
elaboran una serie de principios, ellos son: [8]
"El trabajo no debe ser considerado una mercancía"
"El derecho de asociación"
"El pago a los trabajadores de un salario justo"
"La adopción de la jornada de 8 horas o de la semana de 48 horas"
"La adopción de un descanso hebdomadario de 24 horas como mínimo"
"La supresión del trabajo de los niños y limitaciones en los de los jóvenes para permitirles su educación y desarrollo"
"El principio de igual salario sin distinción de sexo para un trabajo de valor igual"
"Condiciones equitativas de labor"
"Servicio de inspección de normas y condiciones de trabajo"
Una nueva época política comenzaba a gestarse: la de la construcción del constitucionalismo social.
El
objetivo fundamental de las normas constitucionales hasta el siglo XIX
fue, con diverso éxito, limitar al poder estatal. Con el
desenvolvimiento del constitucionalismo social cambió el rol del Estado,
ampliándose su intervención en la vida social. Se produce un paso del
Estado gendarme a un Estado planificador.
En
los comienzos del Siglo XX, con las Constituciones de Querétaro en
México (1917) y Weimar Alemania (1919), se fue formando un nuevo
constitucionalismo que al tiempo de afirmar los derechos individuales,
va a introducir una segunda generación de derechos en materias como la
laboral, educación, salud y vivienda. Este nuevo constitucionalismo
social reconoce un Estado paternalista, y el derecho de propiedad,
considerado hasta entonces como absoluto e ilimitado, comienza a asumir
una serie de restricciones.
La
insólita y temporal alianza del capitalismo liberal y el comunismo
pudieron hacer frente al desafío de salvar la democracia, pues la
victoria sobre la Alemania de Hitler fue esencialmente obra del ejército
rojo, y la mayor repercusión de la revolución de octubre fue haber
acelerado la modernización de países agrarios atrasados [9].
Asistimos
a la llamada edad de oro, o de los 25 años gloriosos, marcados por un
extraordinario crecimiento y transformación social, al que había que
darle un marco de protección con validez internacional.
XIII
Sin
embargo, la Guerra Fría, la crisis del petróleo en los años 70, la
caída del Muro de Berlín a finales del Siglo XX, la proliferación de
políticas neoliberales, las innovaciones tecnológicas, los cambios
introducidos en el campo de las relaciones laborales, van a provocar una
nueva transformación del campo ordinario de la aplicación de las
normas. Desde las posturas neoliberales se considera que la rigidez de
la norma laboral es causa de atraso y por lo tanto debe ser
flexibilizada. La misma discusión que se dio para forzar la
flexibilización de las normas laborales en los años 80 y 90, es decir
para quitarle la rigidez que falsamente se les atribuía, se dio también
en el campo de las negociaciones internacionales. En la Conferencia
Internacional del Trabajo de 1984 se va a observar como el sector que
representa a los empleadores se pronunció a favor de reducir el dictado
de nuevas normas privilegiando la revisión y consolidación de las
existentes. Si bien se reconocía la importancia normativa de la OIT, se
señalaba que la actividad normativa no era necesariamente el mejor medio
para alcanzar los objetivos de la Organización, resaltándose que la
tendencia en la mayoría de los países era hacia una desregulación de las
normas laborales. Una regulación excesiva era vista como un freno al
desarrollo económico y al progreso social. En otro sentido, el sector
representativo de los trabajadores planteó en cambio la necesidad de
adecuar la norma internacional a la aparición de nuevas situaciones
planteadas en el mundo del trabajo, respondiendo así a la dinámica del
desarrollo económico y social. Si bien se insistió en la importancia de
la flexibilidad para dar viabilidad internacional a las normas, hubo
consenso en que no debía aplicarse a los convenios fundamentales de
derechos humanos. Sostuvo el Director Hansenne en su Memoria a la
Conferencia de 1997, que "una de las características del programa
trazado en el Preámbulo de la Constitución de la OIT es que
precisamente nunca podrá darse por finalizado, no porque el progreso se
estanque, sino más bien porque el horizonte se aleja a medida que se
avanza" [10]
Con la globalización se instala la idea de un nuevo orden, único.
Sin
embargo, la creencia en la formación de una sociedad mundial pacífica y
humana aparece desmentida por la sucesión de guerras en el mundo y la
existencia de una única potencia mundial dominante. El mundo aparece
acabado y unificado. Qué queda por explotar? parece ser la consigna.
Hasta el entonces Presidente de los Estados Unidos declaró la Segunda
Guerra del Golfo como una cruzada por un "nuevo orden mundial". La idea
del imperio antiguo y medieval fue reemplazada por la imagen de un mundo
controlado por un grupo de Estados que compiten entre sí [11]
La
globalización se refiere a un proceso económico dado luego de una
sucesión de crisis estructurales. Así, a la económica de los años 30
siguió un modelo de acumulación y regulación, con una fuerte expansión
del trabajo asala
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